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VERI*FACTU: qué es, a quién afecta y cuándo será obligatorio en 2027

Guía VERI*FACTU 2027 para autónomos y empresas: fechas, quién está obligado, QR, Excel, factura electrónica y cómo preparar tu negocio.

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Si utilizas un programa para facturar, es muy probable que en los próximos meses tengas que revisar si está adaptado a VERI*FACTU. No es una opción: forma parte de un nuevo Reglamento que obliga a que los sistemas de facturación sean íntegros, trazables y no puedan modificarse sin dejar rastro. Las sociedades tendrán que tenerlo resuelto antes del 1 de enero de 2027 y el resto de obligados, entre ellos muchos autónomos, antes del 1 de julio de 2027.

¿Qué es VERI*FACTU?

VERI*FACTU forma parte del Reglamento que establece los requisitos que deben cumplir determinados sistemas informáticos de facturación (conocido también como RRSIF). El objetivo es que los registros de facturación sean íntegros, trazables y no puedan alterarse sin dejar constancia. Aunque el término se usa habitualmente para hablar de toda la normativa, técnicamente VERI*FACTU es una de las dos modalidades previstas: en ella, el programa remite de forma sistemática los registros de facturación a la Agencia Tributaria. La otra modalidad, no verificable, permite conservar los registros en el propio sistema cumpliendo requisitos adicionales de conservación, seguridad y trazabilidad.

¿Cuándo será obligatorio?

Las fechas clave para tener tu sistema adaptado son estas:

  • Sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades: antes del 1 de enero de 2027.
  • Resto de obligados incluidos en el Reglamento, entre ellos muchos autónomos: antes del 1 de julio de 2027.

Esperar al último momento puede complicar la transición. Cambiar de herramienta implica configurar series, clientes, plantillas y la forma en la que compartes información con tu asesoría, así que conviene moverse con margen.

¿A quién afecta?

Con carácter general, afecta a empresarios y profesionales que utilicen sistemas informáticos para expedir facturas y estén dentro del ámbito del Reglamento. Existen exclusiones y situaciones específicas, por ejemplo para determinados obligados acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII) o sujetos a normativa foral.

  • Autónomos: si desarrollas una actividad económica y usas un sistema informático de facturación incluido en el Reglamento, deberás revisar su adaptación antes del 1 de julio de 2027.
  • Sociedades: si están dentro de su ámbito, la fecha se adelanta al 1 de enero de 2027.

¿Puedo seguir facturando con Word o Excel?

No hay una respuesta que dependa solo del nombre del programa. La AEAT aclara que usar Word o Excel exclusivamente para introducir datos, expedir o imprimir facturas y conservarlas no convierte automáticamente la herramienta en un sistema informático de facturación sujeto al Reglamento. La situación cambia si la herramienta procesa la información para generar libros registro, contabilidad u otros resultados usados para cumplir obligaciones tributarias: una hoja de cálculo con macros diseñada para generar directamente un libro registro, por ejemplo, sí puede entrar dentro del concepto. Y aunque una herramienta pueda quedar fuera en un caso concreto, la tendencia normativa y operativa va claramente hacia procesos más digitales y trazables.

¿Qué cambia en mis facturas?

Los sistemas sujetos al Reglamento deberán generar registros de facturación cumpliendo los requisitos técnicos establecidos. Las facturas expedidas mediante estos sistemas incorporarán el código QR previsto en la normativa y, cuando se utilice la modalidad VERI*FACTU, incluirán además la referencia correspondiente. El cambio importante no es solo visual: el sistema debe garantizar integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

¿Hacienda recibirá automáticamente todas mis facturas?

No necesariamente. En la modalidad VERI*FACTU, el sistema remite sistemáticamente los registros de facturación a la AEAT. En la modalidad no verificable, los registros se conservan en el propio sistema cumpliendo requisitos adicionales y quedan a disposición de la Administración si los solicita.

VERI*FACTU y factura electrónica no son lo mismo

Son dos cambios relacionados con la digitalización, pero responden a normativas distintas. VERI*FACTU y el RRSIF regulan cómo deben funcionar determinados sistemas de facturación y los registros que generan. La factura electrónica B2B regula, en cambio, la forma electrónica estructurada en la que deberán intercambiarse determinadas facturas entre empresas y profesionales. Adaptar tu programa a VERI*FACTU no significa tener resueltas automáticamente las futuras obligaciones de factura electrónica B2B.

Qué revisar durante 2026

  • Revisa cómo emites actualmente tus facturas.
  • Comprueba si estás dentro del ámbito del Reglamento y cuál es tu fecha límite.
  • Confirma con tu proveedor que el sistema estará adaptado a tiempo.
  • Elige una solución adecuada a tu volumen y forma de trabajar.
  • Aprovecha el cambio para ordenar gastos, tickets, bancos y la documentación que compartes con tu asesoría.

Para muchos autónomos y pequeñas empresas, el verdadero cambio puede ser dejar atrás carpetas, correos y tickets acumulados. En VÉRTICE colaboramos con Anfix como plataforma de facturación y gestión, preparada para VERI*FACTU: permite emitir facturas y presupuestos, digitalizar tickets desde el móvil, conectar bancos y consultar la información del negocio en todo momento.

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